Misa Tridentina en Mar del Plata

Lugar y dia donde se reza actaulmente la Misa Tridentina en mar del Plata.

Iglesia Castrense Stella Maris, dependiente del Vicariato castrense. Base Naval mar del Plata. Todos los Domingos y Solemnidades.
Ver horarios de la Misa en el siguiente Blogs.
http://misatridentinaenmardelplata.blogspot.com.ar/ o escribir a santamisaenlatin@yahoo.com.ar

jueves, 28 de febrero de 2013

Ormeos por el papa y por la Igleisa




Oremos por el Papa Benedicto XVI y por la Santa Madre Iglesia, para que el nuevo Papa, sea un digno pastor que lleve a la Iglesia a la restauración de su antiguo esplendor  revisando todo lo que haya que revisar, suprimiendo todo lo que haya que suprimir y extirpando el cáncer del modernismo progresismo, inspirado en la falsa teología de la liberación y en el liberalismo masón.  Ambas ideologías enemigas acerrimas de Cristo y servidores de satanás.

Que brille la luz del Espíritu Santo en el próximo conclave y sea elegido un digno y firme Pastor para guiar a la Barca de Pedro hacia el mar de la verdad y la justicia. para que todas las cosas sean instauradas en Cristo Rey y Maria Reina. Profesor Jose Luis Ventrice.

(León XIII, 18 de mayo de 1890; Acta Apostolicae Sedis, p. 743)
¡Oh glorioso príncipe de las milicias celestes, san Miguel arcángel, defiéndenos en el combate y en la terrible lucha que debemos sostener contra los principados y las potencias, contra los príncipes de este mundo de tinieblas, contra los espíritus malignos! Ven en auxilio de los hombres que Dios ha creado inmortales, que formó a su imagen y semejanza y que rescató a gran precio de la tiranía del demonio. Combate en este día, con el ejército de los santos ángeles, los combates del Señor como en otro tiempo combatiste contra Lucifer, el jefe de los orgullosos, y contra los ángeles apóstatas que fueron impotentes de resistirte y para quien no hubo nunca jamás lugar en el cielo. Si ese monstruo, esa antigua serpiente que se llama demonio y Satán, él que seduce al mundo entero, fue precipitado con sus ángeles al fondo del abismo.
Pero he aquí que ese antiguo enemigo, este primer homicida ha levantado ferozmente la cabeza. Disfrazado como ángel de luz y seguido de toda la turba y seguido de espíritu malignos, recorre el mundo entero para apoderarse de él y desterrar el Nombre de Dios y de su Cristo, para hundir, matar y entregar a la perdición eterna a las almas destinadas a la eterna corona de gloria. Sobre hombres de espíritu perverso y de corazón corrupto, este dragón malvado derrama también, como un torrente de fango impuro el veneno de su malicia infernal, es decir el espíritu de mentira, de impiedad, de blasfemia y el soplo envenado de la impudicia, de los vicios y de todas las abominaciones. Enemigos llenos de astucia han colmado de oprobios y amarguras a la Iglesia, esposa del Cordero inmaculado, y sobre sus bienes más sagrados han puesto sus manos criminales. Aun en este lugar sagrado, donde fue establecida la Sede de Pedro y la cátedra de la Verdad que debe iluminar al mundo, han elevado el abominable trono de su impiedad con el designio inicuo de herir al Pastor y dispersar al rebaño.
Te suplicamos, pues, Oh príncipe invencible, contra los ataques de esos espíritus réprobos, auxilia al pueblo de Dios y dale la victoria. Este pueblo te venera como su protector y su patrono, y la Iglesia se gloría  de tenerte como defensor contra los malignos poderes del infierno. A ti te confió Dios el cuidado de conducir a las almas a la beatitud celeste. ¡Ah! Ruega pues al Dios de la paz que ponga bajo nuestros pies a Satanás vencido y de tal manera abatido que no pueda nunca más mantener a los hombres en la esclavitud, ni causar perjuicio a la Iglesia. Presenta nuestras oraciones ante la mirada del Todopoderoso, para que las misericordias del Señor nos alcancen cuanto antes. Somete al dragón, la antigua serpiente que es diablo y Satán, encadénalo y precipítalo en el abismo, para que no pueda seducir a los pueblos. Amén
- He aquí la Cruz del Señor, huyan potencias enemigas.
Venció el León de Judá, el retoño de David
-Que tus misericordias, Oh Señor se realicen sobre nosotros.
Como hemos esperado de ti.
-Señor, escucha mi oración
Y que mis gritos se eleven hasta ti.
Oh Dios Padre Nuestro Señor Jesucristo, invocamos tu Santo Nombre, e imploramos insistentemente tu clemencia para que por la intercesión de María inmaculada siempre Virgen, nuestra Madre, y del glorioso san Miguel arcángel, te dignes auxiliarnos contra Satán y todos los otros espíritus inmundos que recorren la tierra para dañar al género humano y perder las almas. Amén

domingo, 17 de febrero de 2013

Primer Domingo de Cuaresma

Comiendo la fruta del árbol prohibido, Adán transgredió los preceptos de vida (Gn 3,6). En cuanto a nosotros, reduciendo lo que comemos, en cuanto no es posible, nos levantaremos y recobraremos la alegría del Paraíso. Que nadie crea que esta abstinencia puede bastar. Por el profeta, Dios nos dice al respecto: "¿no sabéis cuál es el ayuno que me agrada? Comparte tu pan con el hambriento, alberga a los pobres sin techo, viste al que ves desnudo, no te desentiendas de los tuyos" (Is 58,5-7). Este es el ayuno que Dios aprueba: el que presenta sus manos llenas de limosnas, un corazón lleno de amor hacia los otros, un ayuno totalmente amasado por la bondad. Aquello de lo que te privas personalmente, dalo a otro. Así tu penitencia corporal contribuirá al mayor bienestar corporal de los que están necesitados.

Comprende por otra parte este reproche del Señor por boca del profeta: "¿cuándo ayunasteis ó gemisteis, era por amor a mi? Cuando comíais y bebíais ¿no comíais y bebíais en provecho propio? "(Za 7,5-6) esto es comer y beber para sí mismo, no compartir con los pobres, los alimentos destinados a alimentar el cuerpo; son dones hechos por el Creador a la comunidad de los hombres.

También es ayunar para sí mismo, el hecho de privarse por un tiempo, pero reservarse lo que se ha privado para consumirlo más tarde. "Santificad vuestro ayuno", dice el profeta (Jl 1,14)... ¡Qué cese la cólera; qué desaparezcan las disputas! La mortificación del cuerpo es vana, si el corazón no se impone una disciplina para refrenar sus deseos desordenados... El profeta dijo: "el día del ayuno hacéis vuestros negocios y apremiáis a vuestros servidores. Ayunáis para querellas y litigios y herís con furibundos puñetazos” (Is 58,3-4)... En efecto sólo si perdonamos, Dios no nos devolverá nuestra propia injusticia.


Publicado en Facebook por Matias Navos Iglesias.

Oremos por nuestro amado Papa Benedicto XVI y por la Santa Madre Iglesia.

martes, 12 de febrero de 2013

Oremos por el Papa Benedicto XVI






Oración a la Virgen por el Papa
Inmaculado Corazón de María, que amas con amor solícito a todos tus hijos,cuida con particular amor de Madre al Vicario de Cristo en la tierra,a nuestro Santo Padre el Papa Benedicto XVI.,para que, en sus desvelos por la Iglesia y el hombre,sienta siempre el apoyo y la oración de los hijos de la Iglesia.
Regálale con la alegría cotidiana que brota del amor, protégelo contra las insidias de quienes no aman a Dios, contra las incomprensiones de quienes no le aman lo suficiente. Ofrécele tu ternura de Madre para que no se sienta solo en la tarea de regir la Iglesia. Muéstrate como Madre amorosísima para él que es el "Dulce Cristo en la tierra" y ofrécele siempre tu consuelo.
Ilumina su mente. No dejes que se el enemigo lo derrote. Dale tu fuerza. Que no deje el gobierno de la Iglesia de tu Hijo. Dale fortaleza. Así sea.

Pedimos a nuestra Señora y a nuestro Señor que le de salud y fuerza para seguir luchando contra los enemigos externos e internos de la Iglesia. !Dios salve y proteja al gran Papa Benedicto XVI!

Dios juzgue con su infinita justicia a quienes obrando de mala fe han ayudado a que el Papa tomara esta triste decisión y a todos aquellos que se regocijan en secreto por esta addicacion y sueñan con ocupar definitivamente la Barca de Pedro para transformarla en Dios sabe que cosa con su progresismo rupturista y  anti católico.
Rezamos por nuestra Santa Madre Iglesia y por su triunfo definitivo sobre las fuerzas de la oscuridad que la combaten sin piedad. Una Voce Mar del Plata Santa Cecilia.
                                                                                       Secretario:  Profesor Jose Luis Ventrice. 

lunes, 11 de febrero de 2013

Con gran pesar debo publicar la renuncia de nuestro Papa Benedicto XVI


Mar del Plata 11 de Febrero de 2013

Queridos hermanos en Cristo Rey y Maria Reina:
                                                                                        Con gran dolor y pesar me acabo de enterar de la renuncia de nuestro querido Papa Benedicto XVI,, no emitiré ningún comentario, pues pienso en la soledad y falta de apoyo que ha tenido el Papa para efectuar la reforma de la reforma. Ruego e implora a Santa Maria de Lourdes, que proteja a nuestra Santa madre Iglesia y que Dios nos mande un nuevo Papa que siga con la política de terminar con los abusos litúrgicos y con las ideas de los grupos progresistas que dia a dia están trabajando para la demolición de nuestra Santa Madre Iglesia, a esos lobos entre corderos que Dios les de lo que merecen y no desampare a su pueblo fiel en la hora de la adversidad. Ruego por que el Santo Padre Benedicto XVI, encuentre reposo y recogimiento en la oración y pido a Dios que los malos que hacen fuerza sean castigados. los enemigos de la Iglesia, los progresistas deben estar muy ansiosos por lograr llegar a terminar definitivamente con toda la restauración y la reforma de la reforma que intento hacer sin apoyo nuestro amado Papa.
 Imnstaurare omnia in Christo. Jose Luis Ventrice. !Viva el Papa Benedicto XVI! !Viva la Santa Madre Iglesia y sea restaurada en su explendor! Prof. Jose Luis Ventrice.
Transcribo la carta de renuncia de nuestro amado Benedicto XVI.

Queridísimos hermanos,
Os he convocado a este Consistorio, no sólo para las tres causas de canonización, sino también para comunicaros una decisión de gran importancia para la vida de la Iglesia.
Después de haber examinado ante Dios reiteradamente mi conciencia, he llegado a la certeza de que, por la edad avanzada, ya no tengo fuerzas para ejercer adecuadamente el ministerio petrino. Soy muy consciente de que este ministerio, por su naturaleza espiritual, debe ser llevado a cabo no únicamente con obras y palabras, sino también y en no menor grado sufriendo y rezando.
Sin embargo, en el mundo de hoy, sujeto a rápidas transformaciones y sacudido por cuestiones de gran relieve para la vida de la fe, para gobernar la barca de San Pedro y anunciar el Evangelio, es necesario también el vigor tanto del cuerpo como del espíritu, vigor que, en los últimos meses, ha disminuido en mí de tal forma que he de reconocer mi incapacidad para ejercer bien el ministerio que me fue encomendado.
Por esto, siendo muy consciente de la seriedad de este acto, con plena libertad, declaro que renuncio al ministerio de Obispo de Roma, Sucesor de San Pedro, que me fue confiado por medio de los Cardenales el 19 de abril de 2005, de forma que, desde el 28 de febrero de 2013, a las 20.00 horas, la sede de Roma, la sede de San Pedro, quedará vacante y deberá ser convocado, por medio de quien tiene competencias, el cónclave para la elección del nuevo Sumo Pontífice.
Queridísimos hermanos, os doy las gracias de corazón por todo el amor y el trabajo con que habéis llevado junto a mí el peso de mi ministerio, y pido perdón por todos mis defectos.
Ahora, confiamos la Iglesia al cuidado de su Sumo Pastor, Nuestro Señor Jesucristo, y suplicamos a María, su Santa Madre, que asista con su materna bondad a los Padres Cardenales al elegir el nuevo Sumo Pontífice. Por lo que a mi respecta, también en el futuro, quisiera servir de todo corazón a la Santa Iglesia de Dios con una vida dedicada a la plegaria.

viernes, 8 de febrero de 2013

Un ejemplo de pastor a seguir.



Nombrado recientemente por Benedicto XVI, el nuevo Arzobispo de Portland (EEUU), Monseñor Sample, pronunció las siguientes declaraciones, de interés para todos aquellos que aman la liturgia de la Iglesia y de referencia en la aplicación del Motu Proprio Summorum Pontificum:

“Aprecio la liturgia tridentina. Soy cien por cien producto del Concilio Vaticano II, me crié en su estela y toda mi formación fue postconciliar. Por lo tanto, mi afición por la liturgia tridentina no se basa en la nostalgia. Después de haberla conocido, he sentido un gran aprecio por ella.

Lo que despertó mi interés fue el motu proprio Summorum Pontificum, del Papa Benedicto, en el año 2007, otorgando mayor libertad a los sacerdotes para celebrar la forma más antigua de la liturgia. Pensé, “soy un obispo de la Iglesia Católica, y es mi responsabilidad saber celebrar la Misa según ambos ritos el nuevo y el viejo”. Yo he aprendido la liturgia tridentina y desde entonces he celebrado tres Misas pontificales, y Misas para la Fraternidad de San Pedro, y para el Instituto de Cristo Rey, en Florencia, Italia.

Yo creo que Benedicto XVI quiere la Forma Extraordinaria de la Misa para influir en la reforma litúrgica, para conducir a una reforma de la reforma, porque en algunas zonas nos hemos salido del camino. El quiere la liturgia preconciliar para ayudar a formar la nueva liturgia, y ayudar a reconciliarnos con el pasado. Si la Misa Tridentina una vez fue hermosa, ahora no puede ser perjudicial.

La Misa Tridentina sin duda tiene muchos puntos fuertes; por ejemplo, destaca claramente la naturaleza sacrificial de la Misa. También atrae a muchos jóvenes que no crecieron con ella. Están descubriendo su herencia y tradición. Les está proporcionando algo que no encuentran en la forma ordinaria. Debemos prestar atención a eso.

Cuando llegue a Portland, veré el estado en que se encuentra la Misa Tridentina y si hay grupos estables que la deseen. Como su arzobispo, voy a hacer todo lo que pueda para hacerla posible”.

El nuevo Arzobispo, hasta la fecha Obispo de Marquette, también se ha referido a la música en la liturgia:
“La Misa está pensada para ser cantada. Los textos de la Misa están destinados a ser cantados. Y el canto gregoriano se adapta mejor a la Misa“.
Fuentes: Rorate Caeli y Acción Litúrgica.


El Nuevo Arzobispo de Portland EEUU, es un ejemplo que deberían seguir muchos Obispos y sacerdotes, que se niegan rotundamente a aceptar los tesoros de la Santa madre Iglesia y o a modificar las innovaciones litúrgicas que muchas veces terminan en abusos. El mundo nos ofrece mucho ruido, por que reproducir los ruidos del mundo dentro de la Iglesia. Hoy mas que nunca el hombre necesita un remanso de paz, que lo aleje del ruido del mundo y la liturgia católica tridentina, es una de las formas de asistir a la Santa Misa donde el hombre en sus profundos silencios y en sus cánticos solemnes puede meditar y encontrarse o reencontrase con Dios.
También comparto plenamente como humilde laico, la visión que dentro del Novus ordus es necesario aplicar una reforma de la reforma que organice universalmente como se debe rezar la Misa, acotando todo posible abuso litúrgico  cuando este queda supeditado a lo que cada sacerdote piense mejor para rezar la Santa Misa y muchas veces esas formas de pensar no ayudan a atraer mas gente hacia Dios, sino que reproducen los ruidos del mundo. Voy a poner un ejemplo, cuando voy a la Santa Misa, no necesito ver un sacerdote rockero, folklorista, payaso y un largo Etc, ni escuchar en el coro de la Iglesia Rock, Rap, Folklore u otros géneros musicales o canciones que nada tienen que ver con la solemnidad y decoro que debe tener el santo sacrificio de la Misa, que no es una cena, fiesta, banquete o recordación, sino que es  el sacrificio constante de Jesús Eucaristia. Saludos en Cristo Rey y Maria Reina. Profesor Jose Luis Ventrice.

lunes, 4 de febrero de 2013

Nuevo Arzobispo de Portland interesado en la Misa Tradicional


MARTES, 5 DE FEBRERO DE 2013

Nuevo Arzobispo de Portland interesado en la Misa Tradicional


Publicado por Catholic World Report

“Agradezco la liturgia tridentina. Estoy 100 por ciento de acuerdo con el Concilio Vaticano II, en el que crecí a su paso, y toda mi formación fue posterior al Concilio Vaticano II. Por lo tanto, mi afición por la liturgia tridentina no se basa en la nostalgia. Después de haber estado expuesto a ella, he ganado un gran aprecio por la misma.
Lo que despertó mi interés en ella fue en 2007 cuando el Papa Benedicto XVI con su motu proprio Summorum Pontificum [concedió mayor libertad a los sacerdotes para celebrar la forma antigua de la liturgia]. Pensé: "Soy un obispo de la Iglesia Católica, y es mi responsabilidad saber cómo celebrar la Misa según los ritos tanto nuevos como antiguos." He aprendido la liturgia tridentina, y desde entonces he celebrado tres misas solemnes Pontificales y Misas de la Fraternidad de San Pedro y el Instituto de Cristo Rey (en Florencia, Italia).
Creo que el Papa Benedicto XVI quiere la Forma Extraordinaria de la Misa para influir en la reforma litúrgica, y así llevar a una reforma de la reforma, ya que en algunas cosas nos hemos salido del camino correcto. Él quiere la liturgia preconciliar para ayudar a dar forma a una nueva liturgia y ayudar a reconciliarnos con el pasado. Si la Misa tridentina fue bella anteriormente, ahora no puede ser perjudicial.
La misa tridentina sin duda tiene muchos puntos fuertes, por ejemplo, está claro que subraya el carácter sacrificial de la Misa también y atrae a muchos jóvenes que no crecieron con ella. Están descubriendo su patrimonio y la tradición. Se les proporciona algo que no estamos encontrando en la forma ordinaria. Tenemos que prestar atención a eso.
Cuando llegue a Portland, voy a averiguar el estado de la misa tridentina, y ver si hay grupos estables que lo deseen. Como arzobispo, voy a hacer lo que pueda para que esté disponible.”

Visto en Rorate Caeli

Oración a San Miguel


Oración a San Miguel (Del Papa León XIII)


Sancte Michael Archangele, defende nos in praelio. Contra nequitiam et insidias diaboli esto praesidium. Imperet illi Deus, supplices deprecamur. Tuque princeps militiae caelestis, Satanam aliosque spiritus malignos, qui ad perditionem animarum pervagantur in mundo divina virtute in infernum detrude. Amen.

En español:

San Miguel Arcángel, defiéndenos en la batalla. Sé nuestro amparo contra la perversidad y las acechanzasdel demonio. Que Dios le reprima, pedimos suplicantes; y tú, Príncipe de la Milicia Celestial, arroja al infierno con el Divino Poder a Satanás y a los demás espíritus malignos que andan dispersos por el mundo para la perdición de las almas. Amén.



Esta oración fue compuesta por el Papa León XIII, luego de haber experimentado una visión en la que se anticipaban terribles tribulaciones. He aquí las palabras del mismo Santo Padre: "Vi demonios y oí sus crujidos, sus blasfemias, sus burlas. Oí la espeluznante voz de Satanás desafiando a Dios, diciendo que el podía destruir la Iglesia y llevar todo el mundo al infierno si se le daba suficiente tiempo y poder. Satanás pidió permiso a Dios de tener 100 años para poder influenciar al mundo como nunca antes había podido hacerlo."

También León XIII pudo comprender que si el demonio no lograba cumplir su propósito en el tiempo permitido, sufriría una derrota humillante. Vio a San Miguel Arcángel aparecer y lanzar a Satanás con sus legiones en el abismo del infierno.

El mismo Santo Padre mandó rezar esta oración después de cada "Missa lecta".

Una Voce Mar del Plata Santa Cecilia-


Mar del Plata 4 de Febrero del año del Señor 2013.

Quiero explicar el por que fundamos Una Voce Mar del Plata Santa Cecilia, como grupo independiente de la FIUV.

Hoy 4 de Febrero de 2012, decidimos nuevamente un pequeño grupo de los fieles estables que conformamos la comunidad de Rito Tridentino en Mar del Plata, nuevamente crear Una Voce Mar del Plata Santa Cecilia. Quiero hacer resaltar para no sacar réditos o beneficios de la FIUV. Nosotros no tenemos anda que ver con la Federación Internacional Una Voce, ni somos parte de la familia Una Voce Internacional por dos simples motivos, el Primero nuestra geografía es basta y muy amplia y han surgido muchos grupos o personas que dice ser Una Voce Tal o cual y se identifican en forma falsa con Una Voce Internacional. Que yo sepa y no quiero cometer errores hay solamente en nuestro país dos Una Voce reconocidas por la FIUV que son Una Voce Bs As y Una Voce Córdoba  luego hay varias Una Voce que se identifican plenamente con los Estatutos de la FIUV, pero no están en regla pues solo puede haber según los estatutos de este movimiento tres grupos por país y acá ya se exceden ampliamente dicho numero de grupos.
Reconocemos la gran labor que hace la Federación Internacional Una Voce y a nuestros hermanos en Cristo y Maria de Córdoba y Buenos Aires. Conozco muy bien la obra realizada en Córdoba y es excelente y creo que todos los pequeños grupos que forman o están de alguna manera asociados al nombre Una Voce compartimos los mismos objetivos.
Es por ello que queremos dejar en claro que compartimos plenamente los objetivos  de nuestros hermanos en Cristo y Maria. Dejando en claro que bajo ningún motivo  queremos sacar rédito o beneficios que no nos corresponden por eso, dejo bien claro que fundamos Una Voce Mar del Plata, Santa Cecilia, un muy pequeño grupo de fieles que formamos la ya pequeña comunidad Tridentina de Mar del Plata y lo hacemos pues ya hubo por parte nuestra varios intentos  de crear una Voce pero siempre por tal o cual,no se pudo concretar. Luego surgió
 esa señora, supuestamente que decía ser de Una Voce Mar del Plata, usaba nuestras fotos, etc. Pero se negaba rotundamente a publicar  la Misa que rezamos todos los Domingos con lo cual se contradecía con los objetivos de la Federacion Internacional Una Voce.
En fin para evitar ese tipo de confusiones que generan rispideces y desconfianza donde no las debe haber y para colmo de males en el anonimato mas absoluto. Decidimos nuevamente fundar pero en forma independiente Una Voce Mar del Plata Santa Cecilia. Aclarando que no estamos federados pero que compartimos los mismos principios rectores y criterios de Una Voce Internacional, haciendo la salvedad que a nuestro grupo son bienvenidos todos los católicos que  sean defensores de la tradicion, exceptuando solamente a dos tipos de personas los sedevacantistas, posición que deploramos públicamente y consideramos que no tiene nada que ver con el espíritu de comunión fraterna que debe movernos como católicos, rezando por nuestro amado Papa Benedicto XVI, por nuestro Obispo Monseñor Marino y por toda la Iglesia, el segundo tipo de personas que no deseamos es a aquellas que bajo el escudo de la defensa de la tradicion católica, trae ideologías políticas que nada tienen que ver con nuestro objetivo que es pura y exclusivamente religioso. Cada uno de los miembros puede pensar políticamente de la manera que mas le plazca pero no mezclar la causa de la Misa Tridentina con cuestiones temporales.
Así pues nuestro grupo es abierto para todos aquellos católicos de buena voluntad que deseen rezar la Misa Tridentina y compartir la espiritualidad profunda que ella encierra.
Quedando todos los que deseen participar en la Misa o unirse a nosotros en este grupo que comienza a caminar.
Elegimos el nombre de Santa Cecilia por ser Patrona de nuestra ciudad.
Saludo a todos en Cristo Rey y Maria Reina Profesor Jose Luis Ventrice. Secretario Una Voce Mar del Plata Santa Cecilia.

Mar del Plata a los 4 días del mes de febrero del Año del Señor 2013.

Explicacion breve de Motu Propio Summorum Pontificum


Summorum Pontificum (De los Sumos Pontífices) es una Carta Apostólica escrita por el Papa Benedicto XVI y emitida en forma motu proprio, que da una mayor facilidad para el uso en la Iglesia Católica del "Misal promulgado por el Papa Juan XXIII en 1962"1 –forma litúrgica conocida como Misa Tridentina, y las formas pre-conciliares de celebración de la mayoría de los sacramentos de la Iglesia.
El documento fue promulgado y publicado el 7 de julio de 2007, junto con una carta explicativa del propio Pontífice dirigida a los Obispos del mundo, en la que el explica las razones que motivaron la publicación de dicho documento. Su fecha de entrada en vigor fue fijada para el 14 de septiembre siguiente, día de la Fiesta de la Exaltación de la Santa Cruz.
A la introducción donde se hace hincapié en el interés que todos los Papas –en especial Gregorio MagnoPío VJuan XXIIIPablo VI yJuan Pablo II– han tenido por el culto y la liturgia, sigue un comentario sobre la adhesión de un número no indiferente de fieles católicos al misal que quedó sin vigor después del publicado por Pablo VI tras las reformas solicitadas por el Concilio Vaticano II. Según recuerda Benedicto XVI, ante esto la autoridad de la Iglesia concedió en el año 1984 a través de un documento de la SagradaCongregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos2 un indulto para el uso restringido de este misal. Poco después el Papa Juan Pablo II instó a los obispos a no poner trabas a los fieles que solicitasen el uso de este misal en sus respectivas diócesis.
Ahora bien, tras consultar al Consistorio de cardenales y meditarlo profundamente, el Papa decidió ampliar todavía más el uso de esta forma litúrgica de acuerdo con los siguientes artículos:
1. El misal promulgado por el Papa Pablo VI y reeditado por Juan Pablo II queda como la forma ordinaria de la liturgia de la Iglesia. El misal de Pío V según la edición de Juan XXIII se considerará forma “extraordinaria”.
2. Condiciones para el uso de la forma extraordinaria: a. En las misas sin pueblo, el sacerdote puede escoger qué forma usar sin necesidad de pedir permiso. Se exceptúan a esta condición las celebraciones litúrgicas del Triduo Sacro.
3. En las misas comunitarias o conventuales de institutos religiosos o movimientos pueden usarse ambos misales aunque compete a los superiores mayores de esas instituciones autorizar a las comunidades o a la entera congregación.
4. Los fieles que deseen participar en las misas según la forma litúrgica extraordinaria de acuerdo con la condición a pueden hacerlo si lo piden.
5.  En los lugares donde un número estable de fieles requiera la celebración litúrgica según la tradición anterior, el párroco deberá atenderles aunque se pondrá bajo la guía del obispo y evitará divisiones.
Además indicar que la forma litúrgica extraordinaria se puede usar en los días feriales, los domingos y festividades. También en matrimonios, exequias o peregrinaciones. Los sacerdotes celebrantes han de tener la preparación adecuada y no estar impedidos jurídicamente. Donde no haya párrocos será el rector quien conceda las licencias para la celebración de la liturgia del misal de Juan XXIII.
6. Se puede usar la lengua vernácula para las lecturas de las misas que sigan la forma litúrgica anterior.
7. Si los grupos de fieles mencionados antes no son atendidos debidamente pueden acudir al obispo respectivo y si éste no les tomara en cuenta, pueden acudir a la Comisión Ecclesia Dei de la Santa Sede.
8. Si el obispo no pudiera acceder a la petición de los fieles por algún motivo, también puede acudir a dicha comisión para pedir consejo.
9. El párroco puede usar el ritual anterior en los sacramentos del bautismo, del matrimonio, de la penitencia y de la unción de los enfermos. Los obispos pueden administrar la confirmación según el modo extraordinario. Los clérigos también pueden volver a usar si lo desean el breviario anterior.
10. El obispo de una diócesis puede erigir parroquias para la celebración de la forma extraordinaria del rito.
11. Siempre queda la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei" para tratar con la Santa Sede todo lo relacionado con la forma litúrgica anterior y para las funciones que el Papa quiera atribuirle.
12. Esta comisión, vigilará sobre la aplicación de esta carta apostólica.
PONTIFICIA COMISIÓN «ECCESIA DEI»
INSTRUCCIÓN
sobre la aplicación de la carta apostólica
motu proprio data «Summorum Pontificum» 
de Su Santidad Benedicto XVI

I.
Introducción
1. La carta apostólica motu proprio data «Summorum Pontificum» del Sumo Pontífice Benedicto XVI, del 7 de julio de 2007, que entró en vigor el 14 de septiembre de 2007, ha hecho más accesible a la Iglesia universal la riqueza de la Liturgia romana.
2. Con tal motu proprio el Sumo Pontífice Benedicto XVI ha promulgado una ley universal para la Iglesia, con la intención de dar una nueva reglamentación para el uso de la Liturgia romana vigente en 1962.
3. El Santo Padre, después de haber recordado la solicitud que los Sumos Pontífices han demostrado en el cuidado de la Sagrada Liturgia y la aprobación de los libros litúrgicos, reafirma el principio tradicional, reconocido desde tiempo inmemorial, y que se ha de conservar en el porvenir, según el cual «cada Iglesia particular debe concordar con la Iglesia universal, no solo en cuanto a la doctrina de la fe y a los signos sacramentales, sino también respecto a los usos universalmente aceptados de la ininterrumpida tradición apostólica, que deben observarse no solo para evitar errores, sino también para transmitir la integridad de la fe, para que la ley de la oración de la Iglesia corresponda a su ley de fe»1.
4. El Santo Padre ha hecho memoria, además, de los Romanos Pontífices que, de modo particular, se han comprometido en esta tarea, especialmente de san Gregorio Magno y san Pío v. El Papa subraya asimismo que, entre los sagrados libros litúrgicos, el Missale Romanum ha tenido un relieve histórico particular, y a lo largo de los años ha sido objeto de distintas actualizaciones hasta el pontificado del beato Juan XXIII. Con la reforma litúrgica que siguió al concilio Vaticano II, en 1970 el Papa Pablo VI aprobó un nuevo Misal para la Iglesia de rito latino, traducido posteriormente en distintas lenguas. En el año 2000 el Papa Juan Pablo II promulgó la tercera edición del mismo.
5. Muchos fieles, formados en el espíritu de las formas litúrgicas anteriores al concilio Vaticano II, han expresado el vivo deseo de conservar la tradición antigua. Por este motivo, el Papa Juan Pablo II, con el indulto especial Quattuor abhinc annos, emanado en 1984 por la Sagrada Congregación para el culto divino, concedió, bajo determinadas condiciones, la facultad de volver a usar el Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII. Además, Juan Pablo II, con el motu proprio Ecclesia Dei, de 1988, exhortó a los obispos a que fueran generosos en conceder dicha facultad a todos los fieles que la pidieran. El Papa Benedicto XVI ha seguido la misma línea a través del motu proprio Summorum Pontificum, en el cual se indican algunos criterios esenciales para el usus antiquior del Rito Romano, que conviene recordar aquí.
6. Los textos del Misal Romano del Papa Pablo VI y del Misal que se remonta a la última edición del Papa Juan XXIII, son dos formas de la Liturgia romana, definidas respectivamente ordinaria yextraordinaria: son dos usos del único Rito romano, que se colocan uno al lado del otro. Ambas formas son expresión de la misma lex orandi de la Iglesia. Por su uso venerable y antiguo, laforma extraordinaria debe conservarse con el honor debido.
7. El motu proprio Summorum Pontificum está acompañado por una carta del Santo Padre a los obispos, que lleva la misma fecha del motu proprio (7 de julio de 2007). Con ella se ofrecen ulteriores aclaraciones sobre la oportunidad y necesidad del mismo motu proprio; es decir, se trataba de colmar una laguna, dando una nueva normativa para el uso de la Liturgia romana vigente en 1962. Tal normativa se hacía especialmente necesaria por el hecho de que, en el momento de la introducción del nuevo Misal, no pareció necesario emanar disposiciones que reglamentaran el uso de la Liturgia vigente desde 1962. Debido al aumento de los que piden poder usar la forma extraordinaria, se ha hecho necesario dar algunas normas al respecto.
Entre otras cosas el Papa Benedicto XVI afirma: «No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del Missale Romanum. En la historia de la Liturgia hay crecimiento y progreso pero ninguna ruptura. Lo que para las generaciones anteriores era sagrado, también para nosotros permanece sagrado y grande y no puede ser de improviso totalmente prohibido o incluso perjudicial»2.
8. El motu proprio Summorum Pontificum constituye una relevante expresión del magisterio del Romano Pontífice y del munus que le es propio, es decir, regular y ordenar la Sagrada Liturgia de la Iglesia3, y manifiesta su preocupación como Vicario de Cristo y Pastor de la Iglesia universal4. El documento tiene como objetivo:
a) ofrecer a todos los fieles la Liturgia romana en el usus antiquior, considerada como un tesoro precioso que hay que conservar;
b) garantizar y asegurar realmente el uso de la forma extraordinaria a quienes lo pidan, considerando que el uso la Liturgia romana que entró en vigor en 1962 es una facultad concedida para el bien de los fieles y, por lo tanto, debe interpretarse en sentido favorable a los fieles, que son sus principales destinatarios;
c) favorecer la reconciliación en el seno de la Iglesia.
II.
Tareas de la Pontificia Comisión «Ecclesia Dei»
9. El Sumo Pontífice ha conferido a la Pontificia Comisión Ecclesia Dei potestad ordinaria vicaria para la materia de su competencia, especialmente para supervisar la observancia y aplicación de las disposiciones del motu proprio Summorum Pontificum (cf. art. 12).
10. § 1. La Pontificia Comisión ejerce tal potestad a través de las facultades precedentemente concedidas por el Papa Juan Pablo II y confirmadas por el Papa Benedicto XVI (cf. motu proprioSummorum Pontificum, art. 11-12), y también a través del poder de decidir sobre los recursos que legítimamente se le presenten, como superior jerárquico, contra una eventual medida administrativa del Ordinario que parezca contraria al motu proprio.
2. Los decretos con los que la Pontificia Comisión decide sobre los recursos podrán ser impugnados ad normam iuris ante el Tribunal supremo de la Signatura apostólica.
11. Compete a la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, previa aprobación de la Congregación para el culto divino y la disciplina de los sacramentos, la tarea de ocuparse de la eventual edición de los textos litúrgicos relacionados con la forma extraordinaria del Rito romano.
III.
Normas específicas
12. Esta Pontificia Comisión, en virtud de la autoridad que le ha sido atribuida y de las facultades de las que goza, después de la consulta realizada entre los obispos de todo el mundo, para garantizar la correcta interpretación y la recta aplicación del motu proprio «Summorum Pontificum», emana la siguiente Instrucción, a tenor del can. 34 del Código de derecho canónico.
La competencia de los obispos diocesanos
13. Los obispos diocesanos, según el Código de derecho canónico, deben vigilar en materia litúrgica en atención al bien común y para que todo se desarrolle dignamente, en paz y serenidad en sus diócesis5, de acuerdo siempre con la mens del Romano Pontífice, claramente expresada en el motu proprio Summorum Pontificum6. En caso de controversias o dudas fundadas acerca de la celebración en la forma extraordinaria, decidirá la Pontificia Comisión Ecclesia Dei.
14. Es tarea del obispo diocesano adoptar las medidas necesarias para garantizar el respeto de laforma extraordinaria del Rito Romano, a tenor del motu proprio Summorum Pontificum.
El «coetus fidelium» (cf. motu proprio «Summorum Pontificum», art. 5 § 1)
15. Un coetus fidelium se puede definir stabiliter existens, a tenor del art. 5 § 1 del motu proprioSummorum Pontificum, cuando esté constituido por algunas personas de una determinada parroquia que, incluso después de la publicación del motu proprio, se hayan unido a causa de la veneración por la Liturgia según el usus antiquior, las cuales solicitan que esta se celebre en la iglesia parroquial o en un oratorio o capilla; tal coetus puede estar también compuesto por personas que provengan de diferentes parroquias o diócesis y que, para tal fin, se reúnan en una determinada parroquia o en un oratorio o capilla.
16. En caso de que un sacerdote se presente ocasionalmente con algunas personas en una iglesia parroquial o en un oratorio, con la intención de celebrar según la forma extraordinaria, como está previsto en los art. 2 y 4 del motu proprio Summorum Pontificum, el párroco o el rector de una iglesia o el sacerdote responsable admitan tal celebración, respetando las exigencias de horarios de las celebraciones litúrgicas de la misma iglesia.
17. § 1. Con el fin de decidir en cada caso, el párroco, el rector o el sacerdote responsable de una iglesia se comportará según su prudencia, dejándose guiar por el celo pastoral y un espíritu de generosa hospitalidad.
§ 2. En los casos de grupos numéricamente menos consistentes, habrá que dirigirse al Ordinario del lugar para encontrar una iglesia en la que dichos fieles puedan reunirse para asistir a tales celebraciones y garantizar así una participación más fácil y una celebración más digna de la santa misa.
18. También en los santuarios y lugares de peregrinación se ofrezca la posibilidad de celebrar en laforma extraordinaria a los grupos de peregrinos que lo requieran (cf. motu proprio Summorum Pontificum, art. 5 § 3), si hay un sacerdote idóneo.
19. Los fieles que piden la celebración en la forma extraordinaria no deben sostener o pertenecer de ninguna manera a grupos que se manifiesten contrarios a la validez o legitimidad de la santa misa o de los sacramentos celebrados en la forma ordinaria o al Romano Pontífice como Pastor supremo de la Iglesia universal.
El «sacerdos idoneus» (cf. motu proprio «Summorum Pontificum», art. 5 § 4)
20. Sobre los requisitos necesarios para que un sacerdote sea considerado idóneo para celebrar en la forma extraordinaria, se establece cuanto sigue:
a) cualquier sacerdote que no esté impedido a tenor del Derecho Canónico se considera sacerdote idóneo para celebrar la santa misa en la forma extraordinaria7;
b) en relación al uso de la lengua latina, es necesario un conocimiento suficiente que permita pronunciar correctamente las palabras y entender su significado;
c) en lo que respecta al conocimiento del desarrollo del rito, se presumen idóneos los sacerdotes que se presenten espontáneamente para celebrar en la forma extraordinaria y la hayan usado anteriormente.
21. Se exhorta a los Ordinarios a que ofrezcan al clero la posibilidad de adquirir una preparación adecuada para las celebraciones en la forma extraordinaria. Esto vale también para los seminarios, donde se deberá proveer a que los futuros sacerdotes tengan una formación conveniente en el estudio del latín8 y, según las exigencias pastorales, ofrecer la oportunidad de aprender la forma extraordinaria del rito.
22. En las diócesis donde no haya sacerdotes idóneos, los obispos diocesanos pueden solicitar la colaboración de los sacerdotes de los institutos erigidos por la Pontificia Comisión Ecclesia Dei o de quienes conozcan la forma extraordinaria del rito, tanto para su celebración como para su eventual aprendizaje.
23. La facultad para celebrar la misa sine populo (o con la participación del solo ministro) en laforma extraordinaria del Rito Romano es concedida por el motu proprio a todos los sacerdotes diocesanos y religiosos (cf. motu proprio Summorum Pontificum, art. 2). Por lo tanto, en tales celebraciones, los sacerdotes, en conformidad con el motu proprio Summorum Pontificum, no necesitan ningún permiso especial de sus Ordinarios o superiores.
La disciplina litúrgica y eclesiástica
24. Los libros litúrgicos de la forma extraordinaria han de usarse tal como son. Todos aquellos que deseen celebrar según la forma extraordinaria del Rito Romano deben conocer las correspondientes rúbricas y están obligados a observarlas correctamente en las celebraciones.
25. En el Misal de 1962 se podrán y deberán insertar nuevos santos y algunos de los nuevos prefacios9, según la normativa que se indicará más adelante.
26. Como prevé el art. 6 del motu proprio Summorum Pontificum, se precisa que las lecturas de la santa misa del Misal de 1962 pueden ser proclamadas exclusivamente en lengua latina, o bien en lengua latina seguida de la traducción en lengua vernácula o, en las misas leídas, también sólo en lengua vernácula.
27. Con respecto a las normas disciplinarias relativas a la celebración, se aplica la disciplina eclesiástica contenida en el Código de derecho canónico de 1983.
28. Además, en virtud de su carácter de ley especial, dentro de su ámbito propio, el motu proprioSummorum Pontificum deroga aquellas medidas legislativas inherentes a los ritos sagrados, promulgadas a partir de 1962, que sean incompatibles con las rúbricas de los libros litúrgicos vigentes en 1962.
Confirmación y Orden sagrado
29. La concesión de utilizar la antigua fórmula para el rito de la Confirmación fue confirmada por el motu proprio Summorum Pontificum (cf. art. 9 § 2). Por lo tanto, no es necesario utilizar para laforma extraordinaria la fórmula renovada del Ritual de la Confirmación promulgado por el Papa Pablo VI.
30. Con respecto a la tonsura, órdenes menores y subdiaconado, el motu proprio Summorum Pontificum no introduce ningún cambio en la disciplina del Código de derecho canónico de 1983; por lo tanto, en los institutos de vida consagrada y en las sociedades de vida apostólica que dependen de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, el profeso con votos perpetuos en un instituto religioso o incorporado definitivamente a una sociedad clerical de vida apostólica, al recibir el diaconado queda incardinado como clérigo en ese instituto o sociedad (cf. can. 266 § 2 delCódigo de derecho canónico).
31. Sólo en los institutos de vida consagrada y en las sociedades de vida apostólica que dependen de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei y en aquellos donde se mantiene el uso de los libros litúrgicos de la forma extraordinaria se permite el uso del Pontificale Romanum de 1962 para conferir las órdenes menores y mayores.
Breviarium Romanum
32. Se concede a los clérigos la facultad de usar el Breviarium Romanum en vigor en 1962, según el art. 9 § 3 del motu proprio Summorum Pontificum. El mismo se recita integralmente en lengua latina.
El Triduo pascual
33. El coetus fidelium que sigue la tradición litúrgica anterior, si hubiese un sacerdote idóneo, puede celebrar también el Triduo pascual en la forma extraordinaria. Donde no haya una iglesia u oratorio previstos exclusivamente para estas celebraciones, el párroco o el Ordinario, de acuerdo con el sacerdote idóneo, dispongan para ellas las modalidades más favorables, sin excluir la posibilidad de una repetición de las celebraciones del Triduo pascual en la misma iglesia.
Los Ritos de las Órdenes religiosas
34. Se permite el uso de los libros litúrgicos propios de las Órdenes religiosas vigente en 1962.
Pontificale Romanum y Rituale Romanum
35. Se permite el uso del Pontificale Romanum y del Rituale Romanum, así como delCaeremoniale Episcoporum vigente en 1962, a tenor del n. 28 de esta Instrucción, quedando en vigor lo dispuesto en el n. 31 de la misma.
El Sumo Pontífice Benedicto XVI, en la audiencia del día 8 de abril de 2011, concedida al suscrito cardenal presidente de la Pontificia Comisión «Ecclesia Dei», ha aprobado la presente Instrucción y ha ordenado su publicación.
Dado en Roma, en la sede de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, el 30 de abril de 2011, memoria de san Pío V.
William Cardenal Levada
Presidente
Monseñor Guido Pozzo
Secretario